REFORMAS FISCALES 2022
El 8 de septiembre de 2021, el Ejecutivo Federal presentó ante el Congreso de la Unión el paquete económico para el ejercicio fiscal 2022, que está conformado por los criterios generales de política económica, la iniciativa de ley de ingresos de la federación y el proyecto de presupuesto de egresos de la federación. Además de las iniciativas para modificar el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), y al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIESPS).
Los siguientes en una relación de las modificaciones más relevantes al respecto:
Art. 14B Incluyen concepto “operación relevante”.
Art. 17D y su interpretación de "responsabilidad colateral".
Art. 17H supuestos para obtención de un nuevo CSD.
Art. 17H BIS nuevas restricciones del CSD y sus nuevas fracciones.
Art. 26 IV responsabilidad por abrir y cerrar negocios.
Art. 26 Fracción V que habla de responsables solidarios.
Art. 26 Fracción VIII voluntarios responsables.
Art. 26 fracción XI supuestos de responsabilidad.
Art. 27 Apartado A Inscripción al RFC a mayores de edad.
Art. 27 B VI porcentaje de participación.
Art. 27 apartado C, Georeferencia.
Art. 27 apartado C, XIII, CFF cancelación RFC.
Art. 27 apartado D, IX, Opinión de cumplimiento del IMSS.
Art. 29 Requisitos en exportación.
Art. 29 fracción I y fracción III requisitos de los comprobantes.
Art. 29 fracción IV inciso a.
Art. 29 fracción VI “Soporte documental”
Art. 29 Bis autorización a proveedores.
Art. 29 A sobre cancelación de comprobantes.
Art. 31 se elimina el plazo genérico de 15 días.
Art. 32A Regresa el dictamen.
Art. 32B Bis En intercambio de información automática.
Art. 32B Ter. sobre beneficiarios controladores.
Art. 32B Ter. Fedatarios y abogados.
Art. 32B Ter. sobre coadyuvancia de los RPP.
Art. 32B Quater. ¿Qué es un beneficiario controlador?.
Art. 32B quinquies. sobre mantener actualizado a los beneficiaros controladores.
Art. 42 Facultades de comprobación.
Art. 42 VI Práctica de avalúos.
Art. 42 XII nueva facultad para fiscalizar.
Art. 69C Plazo para acuerdos conclusivos.
Art. 137 corrigen la oportunidad de defensa.
Art. 151 Bis embargo por buzón.
Transitorios.
Un problema. Una solución.
Grupo Farías Abogados.